A- de 2010
Ponente Juan Carlos Henao Pérez
✓Demandante Eladio Domico Domico·Demandado Sin Información
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia del juez de primera instancia
- Rechazar solicitud por falta de competencia en sentencia T-652/98
- Incompetencia para asumir conocimiento por ser decisión de la Sala Especial para el seguimiento de sentencia T-025/04
- Competencia excepcional para promover cumplimiento de sus sentencias y dar trámite a incidente de desacato
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Solicitud de cumplimiento de la sentencia de la referencia.
Se rechaza la solicitud por falta de competencia y se decide remitirla a la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería para que asuma el conocimiento de la solicitud de cumplimiento, y se remite copia también a la Sala Especial de Seguimiento de la sentencia T-025/04.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. RECHAZAR por falta de competencia la solicitud presentada por Eladio Domico Domico, representante de la Asociacion de Cabildos Mayores Embera Katio del Alto Sinu, de cumplimiento de la sentencia de tutela T-652 de 1998.
- Segundo. REMITIR la solicitud indicada en el numeral anterior a la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Monteria, para que asuma el conocimiento de la solicitud de cumplimiento de la sentencia de tutela T-652 de 1998 presentada por Eladio Domico Domico.
- Tercero. ORDENAR a la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Monteria que una vez resuelva la solicitud de cumplimiento de la sentencia de tutela T-652 de 1998 presentada por Eladio Domico Domico, envie a esta Corporacion copia de lo resuelto.
- Cuarto. REMITIR a la Sala Especial de Seguimiento de la Sentencia de la tutela T- 025 de 2004 copia de la solicitud obrante a folio 59 al 60 del cuaderno de la Corte.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.